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Derecho al Olvido: la Corte Suprema revocó la sentencia que favorecía a Natalia Denegri

“No se advierte fundamento constitucional ni legal alguno que sustente la pretensión de Denegri. Concretamente, no se han brindado argumentos suficientes que demuestren que una persona que fue y es figura pública tenga el derecho a limitar el acceso a información veraz y de interés público que sobre ella circula en internet y resulta accesible al público de acuerdo a su propia discreción y preferencias, restringiendo de este modo esa información a los aspectos que ella misma considera relevantes o, por el contrario, inapropiados a la auto percepción de su identidad actual”, señaló la Corte.

Así, la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó la demanda de Natalia Denegri, una de las mujeres que estuvo involucrada en el Caso Coppola. Lo que pretendía la mujer, que vive en Miami desde hace varios años, al googlear  su nombre y las palabras “caso” y “Coppola” no aparecieran entre los resultados que ofrece Google los videos en los que canta una canción titulada “¿Quién me la puso?” o las imágenes en las que se pelea con otras tres mujeres. Esos dos hechos existieron -es decir sucedieron en la realidad- y fueron emitidos en el año 1996 por televisión de aire en el programa conducido por Mauro VialeMediodía con Mauro. Denegri no quiere que esos videos “sean eliminados” de Internet: sólo quiere que Google, y sólo ese buscador, desvincule su nombre completo del contenido. El Máximo Tribunal rechazó su demanda.

El caso Denegri contra Google lleva seis años de litigio y contaba con dos fallos a favor. La defensa de la ex modelo aportó 32 urls de artículos periodísticos y videos que dañan su “honra y honor”. En dos fallos, la Justicia determinó que las notas publicadas en Clarín y La Nación no se podían desindexarSin embargo, elDiarioAR comprobó que 19 de 21 notas fueron eliminadas de los sitios.