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Alberto Fernández, a un paso del juicio oral por violencia de género

El fiscal federal Ramiro González dio por terminada la investigación contra Alberto Fernández  por violencia de género contra su expareja, Fabiola Yañez, y comenzó los pasos formales para solicitar la elevación a juicio.

El caso se encamina así hacia una nueva instancia clave: la querella —en manos de la propia denunciante— deberá ahora manifestar si considera que el caso debe llegar a juicio oral.

Según confirmaron fuentes judiciales, el fiscal entiende que la etapa de instrucción ya está cerrada. Por eso, en línea con lo que establece el Código Procesal, le dio traslado a Yáñez para que emita su opinión formal. Dado que se trata de la denunciante, y que mantuvo su acusación desde el inicio del expediente, todo indica que la ex primera dama estará a favor de que el caso vaya a juicio.

Una vez que reciba ese pronunciamiento, González evaluará la respuesta y en base a ello realizará el requerimiento de elevación a juicio ante el juez Julián Ercolini. Luego será el turno de la defensa: el expresidente podrá responder por escrito y, como es previsible, apelará la decisión. Finalmente, será Ercolini quien definirá si efectivamente el caso llega a juicio oral.

La causa tomó un impulso decisivo en abril pasado, cuando la Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de Fernández por “lesiones leves agravadas por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género”“lesiones graves” y “amenazas coactivas” contra Yáñez, con quien mantenía una relación desde al menos 2016 hasta mediados de 2024.

Con la firma de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, la Cámara sostuvo que durante esos años existió un vínculo marcado por la “desigualdad de poder” y “violencia habitual y constante”, especialmente de tipo psicológica, pero también con episodios físicos recurrentes.

Según el fallo, los hechos se produjeron en un entorno de aislamiento forzado dentro de la Quinta de Olivos, donde Fernández ejercía plena autoridad.

“Hay fuertes motivos para sostener que los hechos concretos y objetivos que fueron preliminarmente acreditados en la causa, que incluyeron lesiones y otras formas de violencia de género practicadas por quien mantenía una marcada desigualdad de poder con ella, fueron la causa de un marcado deterioro en las condiciones de salud de la víctima”, señalaron los jueces.

Además, remarcaron que la situación de vulnerabilidad de Yáñez era conocida por el imputado desde el inicio de la relación. “Todo demuestra que la damnificada estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja”, agregaron.

En febrero de este año, Ercolini había dispuesto el procesamiento de Fernández, el embargo de sus bienes por diez millones de pesos y una orden de restricción: le prohibió acercarse a menos de 500 metros de su expareja o contactarla por cualquier vía, ya sea física, telefónica o digital.

En su defensa, el expresidente presentó una apelación de 59 páginas en la que rechazó todas las acusaciones y pidió su sobreseimiento. Alegó que la resolución judicial carece de pruebas directas, que se basa en interpretaciones subjetivas y que los presuntos chats en los que Yáñez relataba situaciones de violencia no fueron extraídos de su dispositivo original.

“La ausencia de evidencia directa no puede ser reemplazada por construcciones subjetivas”, argumentó su defensa.