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La Justicia rechazó un pedido de Claudio ‘Chiqui’ Tapia para salir del país por 60 días

La Justicia le negó al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, la autorización para salir del país por 60 días en la causa que investiga la retención de $19.300 millones en impuestos y aportes por parte de la la casa madre del fútbol local. La decisión fue tomada por el juez Diego Amarante, quien consideró que la solicitud carecía de fundamentos concretos.

La defensa del dirigente había presentado un pedido para que se le permitiera viajar al exterior durante dos meses a partir del 20 de marzo, fecha en la que vence la autorización previa. Sin embargo, el juzgado evaluó la solicitud y concluyó que no correspondía otorgar el permiso, debido a la falta de información precisa sobre los destinos y actividades previstas

En su resolución, Amarante señaló que “el análisis de las constancias acompañadas para sustentar el pedido permite concluir que las mismas no logran acreditar la necesidad ni la urgencia del mecanismo excepcional pretendido”.

Los argumentos del pedido de Tapia

Los abogados de Tapia habían argumentado que el planteo se apoyaba en el derecho constitucional a circular libremente y en la inexistencia de riesgo de fuga u obstaculización del proceso. También destacaron el arraigo del dirigente y su “conducta procesal irreprochable”, al sostener que se presentó a derecho y cumplió con todas las obligaciones impuestas por el tribunal.Tu nueva SUV

Además, la defensa mencionó invitaciones y compromisos institucionales que, a su criterio, justificaban la urgencia del viaje, e invocó precedentes judiciales en los que se concedieron autorizaciones similares. En esa línea, afirmaron que el pedido “se ajusta a los estándares procesales vigentes al fundarse en la inexistencia de un peligro real de fuga o de obstaculización, permitiendo mantener el control judicial sin imponer cargas desproporcionadas al imputado ni al órgano jurisdiccional”.

“El pleno sometimiento a la jurisdicción se verificó objetivamente con su comparecencia a prestar declaración indagatoria, acto en el cual ejerció su defensa material sin que se registraran incidentes o dilaciones de ningún tipo atribuibles a su parte”, agregaron a la justificación.

También aludieron a las “diversas constancias vinculadas a las invitaciones y compromisos institucionales de Tapia que justifican la urgencia el permiso solicitado”, y presentaron precedentes jurisprudenciales de otros tribunales “donde se autorizaron medidas de similar tenor”.

La negativa del juez

No obstante, el magistrado consideró insuficientes esos argumentos. En su fallo advirtió que “la indeterminación de los destinos y la falta de una agenda cerrada en la solicitud de autos obstaculizan el objetivo de velar por la constante sujeción del encausado a la jurisdicción de este tribunal, máxime cuando no se advierte el supuesto desgaste jurisdiccional invocado por la defensa, habida cuenta de que este tribunal ha dado respuesta oportuna y célere”.

El juez sostuvo que “la imprecisión de los motivos alegados, sumada a la falta de actualidad de la documentación y los antecedentes de conducta reseñados, impiden realizar el examen de proporcionalidad necesario para flexibilizar la medida vigente”.

Finalmente, Amarante recordó que el tribunal había autorizado recientemente salidas puntuales del país, pero aclaró que el nuevo planteo “se proyecta bajo una modalidad genérica que difiere sustancialmente de los permisos excepcionales y acotados que fueran materia de pronunciamientos anteriores”.